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DATOS ABIERTOS

Con el proyecto de Datos Abiertos, el Gobierno Colombiano promueve la transparencia, el acceso a la información pública, la competitividad, el desarrollo económico, y la generación de impacto social a través de la apertura, la reutilización de los datos públicos, y el uso y apropiación de TIC. 

Los Datos Abiertos son aquellos datos primarios o sin procesar, que se encuentran en formatos estándar e interoperables, los cuales facilitan su acceso y permiten su reutilización. Están bajo la custodia de las entidades públicas o privadas que cumplen con funciones públicas, son puestos a disposición de cualquier ciudadano, de forma libre y sin restricciones, con el fin de que terceros puedan reutilizarlos y crear servicios derivados de los mismos (Ley de Transparencia-1712 de 2014, artículo 6, literal j).

El Hospital Rosario Pumarejo de López pone a disposición de la ciudadanía los datos sin ningún tipo de limitación o restricción, esto con el fin de ser utilizados en creación de servicios que beneficien a la comunidad.

A continuación encontrará el conjunto de datos abiertos de la Entidad, los cuales podrá acceder desde este sitio web o desde el portal de datos abiertos del estado (Datos.gov.co):

- DATOS DE LA PQRS

- DATOS DE LA PQRS DATOS ABIERTOS

- PROCESOS DE CONTRATACIÓN

- PROCESOS DE CONTRATACIÓN DATOS ABIERTOS 

De conformidad con el decreto 103 de 2015, el Índice de Información Clasificada y Reservada es el inventario de la información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, en este caso por el Hospital Rosario Pumarejo de López, la cual ha sido calificada como clasificada o reservada. La Calificación efectuada a la información obedece a las definiciones establecidas en la Ley 1712 de 2014 en la cual se indicó:

Información pública clasificada. Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, pertenece al ámbito propio, particular y privado o semiprivado de una persona natural o jurídica por lo que su acceso podrá ser negado o exceptuado, siempre que se trate de las circunstancias legítimas y necesarias y los derechos particulares o privados consagrados en el artículo 18 de esta ley.

Información pública reservada. Es aquella información que estando en poder o custodia de un sujeto obligado en su calidad de tal, es exceptuada de acceso a la ciudadanía por daño a intereses públicos y bajo cumplimiento de la totalidad de los requisitos consagrados en el artículo 19 de esta ley.